R\. Según el Acuerdo 054 de 2012, Acta 07 del 15 de mayo, del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se establece la estructura interna académico administrativa de la Facultad de Minas, Sede Medellín", en su Artículo 2 dice que el Consejo de Facultad es el máximo órgano de gobierno de la Facultad, cuyas funciones según el Acuerdo 011, Acta 04 de 12 de marzo, del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el Estatuto General de la Universidad Nacional de Colombia", son: 1. Definir las políticas específicas de la Facultad y recomendar políticas generales para la Universidad y adoptar los reglamentos internos que, conforme a la normatividad sean de su competencia, e informar de ello al Consejo de Sede. 2. Proponer al Consejo Superior Universitario la creación, modificación o supresión de unidades académicas básicas y de las dependencias administrativas que requiera para su funcionamiento. 3. Proponer la creación, modificación o supresión de programas curriculares de acuerdo con el presente Estatuto y sus reglamentos. 4. Disponer las medidas indispensables para la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos definidos a Nivel Nacional y de Sede y los que, en concordancia con ellos, se adopten para la Facultad. 5. Coordinar la elaboración del proyecto de presupuesto de la Facultad, a partir de los proyectos cursados por sus dependencias, con sujeción al presupuesto general de la Universidad. 6. Recomendar al Consejo de Sede el número máximo de estudiantes que pueden admitirse en cada programa curricular y para cada periodo académico. 7. Decidir en primera instancia los asuntos académicos y administrativos de los docentes y estudiantes que no estén atribuidos a otra autoridad universitaria. 8. Convocar, coordinar y dirigir el proceso de participación de la Facultad en la formulación del Plan Global de Desarrollo, de los respectivos planes de Acción de la Sede y de la Facultad. 9. Aprobar el Plan de Acción de la Facultad, en armonía con el Plan Global de Desarrollo de la Universidad y el Plan de Acción de la Sede, así como establecer y aplicar sistemas de evaluación institucional del mismo. 10. Conformar con carácter temporal o permanente comisiones para el ejercicio de cualquiera de sus funciones y definir los términos y condiciones para el ejercicio de la delegación que se les confiera. 11. Conceptuar sobre los informes de gestión presentados por el Decano, los Directores de los Departamentos, Institutos, Centros y por las demás directivas de la Facultad y recomendar las acciones que considere pertinentes. 12. Adoptar su reglamento interno. R\. Consultar el Calendario Detallado Consejo de la Facultad de Minas. R\. Según el Acuerdo 054 de 2012, Acta 07 del 15 de mayo, del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se establece la estructura interna académico administrativa de la Facultad de Minas, Sede Medellín", en su Artículo 22 dice que los Comités Asesores de Programas Curriculares de Pregrado y Postgrado son un órgano consultivo y asesor para el adecuado funcionamiento de cada uno de los programas curriculares y deberá emitir concepto ante el Consejo de Facultad frente a todas y cada una de las solicitudes estudiantiles. Cada programa curricular de pregrado tendrá un Comité Asesor de Programa integrado por miembros del personal académico, estudiantes y egresados del respectivo programa, designados de acuerdo con la reglamentación que expida el Consejo de Facultad; en la cual, además, se les asignarán las funciones a cumplir. Los programas de postgrado de las Áreas definidas por el Consejo Superior Universitario, tendrán un Comité Asesor conformado por miembros del personal académico, estudiantes y egresados de programas de la respectiva área, designados de acuerdo con la reglamentación que expida el Consejo de Facultad. Los Comités Asesores de pregrado y postgrado serán presididos por el respectivo Director(a) del Área Curricular y cumplirán las funciones que les asigne el Consejo de Facultad. R\. La Comisión Delegataria de Asuntos Estudiantiles está presidida por el titular de la Vicedecanatura académica o su delegado, y son miembros de ella, los titulares de: la Secretaria Académica de la Facultad de Minas, la Dirección de Bienestar de la Facultad de Minas y dos estudiantes, uno de pregrado y otro estudiante de posgrado elegidos por el comité de representantes estudiantiles de la Facultad de Minas. Son funciones de la Comisión Delegataria de Asuntos Estudiantiles las siguientes: - Recomendar sobre todo tipo de solicitudes estudiantiles, estudiadas y enviadas por los Comités Asesores de los Programas Curriculares de Pregrado y Posgrado de La Facultad de Minas, que requieran aprobación del Consejo de Facultad, de acuerdo con la reglamentación vigente. - Tramitar ante el Consejo de Facultad, previo estudio, los casos de especial consideración. Estos deben llegar con recomendación, la cual debe estar claramente sustentada; si es necesario se debe allegar información de las oficinas asesoras de la Universidad para ilustrar al Consejo. R\. A partir de la Circular Número 001 de 2013, la Secretaría de Facultad implementó procesos tendientes a disminuir el tiempo de respuesta a las solicitudes estudiantiles presentadas ante el Consejo de la Facultad de Minas, desde allí, se empezó a evidenciar la necesidad de crear nuevos medios de interacción con la comunidad estudiantil, además de propender por dar respuestas y realizar procesos más eficaces y eficientes, lo que ha llevado a que varias actividades y funciones que antes eran realizados por la Unidad de Apoyo a la Vicedecanatura, sean realizados a partir del 2 de septiembre de 2011 por la UNIDAD DE APOYO A LA SECRETARIA DE FACULTAD (Ahora Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas). De acuerdo con lo anterior, todas las solicitudes estudiantiles sujetas al Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario, Estatuto Estudiantil, que requieran aprobación por parte del Consejo de la Facultad de Minas, serán recibidas en el horario de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:30 p.m. a 4:45 p.m. de lunes a viernes en la ventanilla de la oficina 004, ubicada en el primer piso del Bloque M4. R\. Según el nivel de formación que tenga el solicitante existen los siguientes tipos de solicitudes: Entre otras. R\. De acuerdo con el calendario establecido por el Consejo de la Facultad de Minas, una vez la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas recibe una solicitud, se procede como se describe a continuación (sujeto a situaciones o casos particulares): 1. Inicialmente, se realiza un análisis por parte de la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas, se considera la situación académica del solicitante, se incluye revisión de lo solicitado a la luz de la normativa vigente que aplique al caso. 2. En una segunda etapa, el Comité Asesor del Programa curricular revisa la solicitud y considerando el análisis realizado en la etapa anterior, recomendación al Consejo de la Facultad de Minas la aprobación, negación o no procedencia de la misma (en algunos casos el Comité Asesor podrá dejar pendiente la recomendación para otra sesión). 3. En tercer lugar, la Comisión Delegataria, retoma el análisis de la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas y la recomendación emitida por el Comité Asesor, revisa las solicitudes y emite su concepto al Consejo de la Facultad de Minas de aprobación, negación o no procedencia de la misma (en algunos casos la Comisión Delegataria podrá dejar pendiente la recomendación para otra sesión). 4. Finalmente, el Consejo de la Facultad de Minas, con las revisiones y recomendaciones de las etapas anteriores, toma una decisión sobre el caso. 5. Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas notifica al solicitante y a las partes involucradas por el tipo de solicitud y según la decisión emitida por el Consejo de Facultad. Consultar el Flujograma atención solicitudes. R\. El Acuerdo 028 de 2010, Acta 10 del 3 de diciembre, del Consejo Académico, "Por el cual se reglamenta el Sistema de Acompañamiento Estudiantil en la Universidad Nacional de Colombia", en el Artículo 6 y siguientes, informa que dentro de la estructura del Sistema de Acompañamiento Estudiantil, en lo referente al componente académico, los estudiantes de pregrado y posgrado tendrán un docente tutor durante el tiempo que dure su respectivo programa académico, el cual se encargará de forma individual o colectiva, de la información, orientación y apoyo, sobre componentes del programa curricular, manejo de créditos, líneas de investigación, orientación para los trabajos de grado, tesis de maestría y doctorado, así como lo relacionado con trámites académico - administrativos y el Estatuto Estudiantil en sus componentes y desarrollos. Consulte su tutor a través del Sistema de Información Académica, en caso de que allí no aparezca, comuníquese con el Comité Asesor de carrera o en la Dirección de su Unidad Académica Básica (Circular No. 6 de la Vicerrectoría Académica, 13 de agosto de 2014). R\. Contactar a la oficina de gestión de asuntos estudiantiles a través de cualquiera de sus medios: escribiendo a la cuenta de correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. dejando claro sus datos completos de identificación y el asunto a consultar, o llamando a la línea telefónica: (+57) 604 425 5083. R\. Según la Ley 1437 de 2011, del Congreso de Colombia, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" usted tiene la posibilidad de interponer los siguientes recursos procedentes contra la decisión: - Recurso de reposición: Ante quien expidió la decisión (Consejo de Facultad de Minas) para que la aclare, modifique, adicione o revoque. - Recurso de apelación: Ante el inmediato superior (Consejo de Sede Medellín) con el mismo propósito. Nota 1: El recurso de apelación podrá interponerse directamente si así lo desea. Nota 2: También puede interponer el recurso de reposición como subsidiario del de apelación, es decir, si quien conoce del recurso de reposición, en este caso, el Consejo de Facultad, decide no aprobar, o aprobar parcialmente la solicitud, se debe remitir el escrito de inconformidad al superior inmediato, es decir, al Consejo de Sede, para que dé respuesta al recurso de apelación. Nota 3: Los recursos de reposición y apelación deberán interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. R\. Usted podrá interponer el Recurso de Reposición, allegando nuevas pruebas o aclarando los argumentos y justificación. El recurso de reposición y/o apelación debe ser interpuesto en los diez (10) días hábiles luego de la notificación. Verifique en la notificación que le fue enviada acerca de cómo interponer el recurso. R\. Tomando en consideración la fecha en que haya realizado la solicitud, verifique en el calendario del Consejo de Facultad la posible sesión de análisis: Calendario Detallado Consejo de la Facultad de Minas. Una vez el Consejo de la Facultad de Minas haya sesionado y tome una decisión sobre su solicitud, la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas, en un plazo no mayor a 15 días calendario, notificará la respuesta. R\. Las solicitudes ante el Consejo de Facultad no tienen ningún costo. R\. Cada periodo académico el Consejo de Sede establece un calendario para los trámites estudiantiles, dicho calendario puede ser consultado aquí R\. Contactar a la oficina de gestión de asuntos estudiantiles a través de la cuenta de correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. desde su cuenta de correo institucional, dejando claro sus datos completos de identificación, la solicitud a eliminar y la justificación. R\. Por condiciones o circunstancias de tiempo: que se hayan vencido los plazos establecidos, forma: que se cumplan los términos y lineamientos establecidos, y lugar: que se surta el proceso de la solicitud ante los cuerpos colegiados o espacios indicados para el asunto, entre otros. R\. El sistema de información normativa, jurisprudencial y de conceptos, como parte del Régimen Legal de la Secretaría General de la Universidad de Colombia, puede ser consultado a través del siguiente la página web Legal UN. R\. No existe un límite de solicitudes, podrá hacer las solicitudes por separado y al momento de entregarlas informarlo a la persona encargada en el punto de recepción. Si tiene dudas acerca de cómo tramitarlas, le recomendamos comunicarse con la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas para recibir asesoría. R\. Se considera una solicitud extemporánea a aquella que es entregada por fuera del plazo establecido por el Consejo de Sede en su calendario del periodo académico o aquel que aplique. Son revisadas y consideradas las razones que explique el solicitante y que justifique la entrega por fuera de los plazos establecidos. R\. En la división de Registro y Matrícula, Bloque 21, telefono: (+57) 604 430 9666, correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., salvo modificación que se presente y se notifique desde esa dependencia. R\. Una vez la solicitud de devolución de dinero sea aprobada, con el Acta y la sesión del Consejo de la Facultad de Minas, datos que le serán informados en la notificación correspondiente, se podrá poner en contacto con la Asistencia Administrativa de la Facultad de Minas y consultar por el estado del trámite. R\. La Dirección Académica de la sede Medellín es la encargada del control y seguimiento en la presentación de los Exámenes de Calidad –pruebas Saber Pro. Bloque 19, Piso 2, Medellín, Antioquia, Colombia, en el correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o en los teléfonos: (+57) 604 430 95 11, (+57) 604 230 20 29. Puede consultar en la página web de la Dirección Académica R\. Con la Oficina de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales (ORI) podrá consultar acerca de intercambio académico (asignatura, práctica académica, pasantía, trabajo de investigación) para estudiantes de pregrado o posgrado de la Universidad Nacional de Colombia, como parte de los planes de estudio conducentes al título, dentro del marco de convenios de cooperación existentes entre la Universidad Nacional de Colombia (Universidad de origen) y otras instituciones de educación superior del país o del exterior (institución de destino). Teléfono: (+57) 604 430 9577 Conmutador: (+57) 604 430 9000 Ext. 49577, Bloque 43 Oficinas 414 y 415 o en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. R\. Con la Dirección Académica de la sede podrá consultar acerca de cómo cursar un periodo académico en una sede diferente a la sede en la cual están cursando su programa curricular (sede origen), con el fin de aprovechar al máximo las asignaturas que ofrece la Universidad en otra sede (sede destino) y apoyar la flexibilidad de los planes de estudio. Bloque 19, Piso 2, Medellín, Antioquia, Colombia, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o en los teléfonos: (+57) 604 430 95 11, (+57) 604 230 20 29. R\. Según el Acuerdo 033 de 2007, Acta 11 del 26 de noviembre, del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se establecen los lineamientos básicos para el proceso de formación de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia a través de sus programas curriculares", en su Artículo 17 dice "Son actividades en las que se valida la participación de los estudiantes en investigación, docencia, y prácticas profesionales de extensión, de arte, cultura, deporte, emprendimiento e incidencia social y articulación con el medio. De acuerdo con su evaluación, se les asignarán créditos como parte del componente de libre elección, sin exceder el 5% del total de créditos de su plan de estudios." Adicionalmente, según el Acuerdo 10 de 2012, Acta 23 del 16 de septiembre, del Consejo de la Facultad de Minas, "Por el cual se reconocen las publicaciones realizadas por los estudiantes de pregrado como una Práctica Académica Especial (PAE) en la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín", en su Artículo 3 dice "La práctica de extensión podrá inscribirse como PAE siempre y cuando el estudiante se encuentre matriculado y cumpla con el requisito de aprobación del 80% de créditos del componente de formación disciplinar y/o profesional, y su valoración en créditos será la misma del trabajo de grado." R\. En las Resoluciones o Acuerdos en que se especifican los créditos, agrupaciones y asignaturas de cada plan de estudios se especifica el requisito. Dicha información puede ser consultada a través de la página web de la Facultad de Minas en el link: Programas de Pregrado.
R\. El tutor aparece en el Sistema de Información Académica - SIA. En caso de no aparecer la información del tutor, podrá acercarse a la Dirección de su Departamento y consultar al respecto. R\. Para el caso de ex estudiantes de pregrado, cuando se cumpla al menos una de estas situaciones: ● Reingreso aprobado al mismo plan de estudios por el Consejo de la Facultad de Minas. ● Permanencia por fuera de la institución más de 3 años. ● P.A.P.A. inferior a 2,7. ● Cupo de créditos menos créditos pendientes superior a -10. Para el caso de ex estudiantes de posgrado: ● Reingreso aprobado al mismo plan de estudios por el Consejo de la Facultad de Minas. ● Permanencia por fuera de la institución más de 3 años consecutivos. ● P.A.P.A. inferior a 3,5. R\. Al realizar una solicitud a través del Sistema de información Académica (SIA), usted podrá consultar la información relacionada acerca del estado del trámite, datos como el tipo de solicitud, la fecha de presentación y el id, aparecen en la tabla de resumen, este último dato es el radicado de la solicitud, serie alfanumérica con la cual se identifica la solicitud presentada. Este radicado (id) deberá ser notificado al entregar los soportes físicos de su solicitud del SIA en la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas. R\. Según oficio OJM-E1-442 del 19 de octubre de 2011 de la Oficina de Jurídica, “la fuerza mayor o causa mayor, también conocido como mano de Dios o en latín vis maior, es un hecho que no se puede evitar y tampoco se puede prever. Tiene gran importancia, en Derecho, a la hora de establecer la responsabilidad por los daños...Quedan excluidas la causas que no se pueden evitar pero sí prever, que se denominan caso fortuito y las negligencias que son casos que sí se pudieron evitar”.
1. ¿Quién es y qué hace el Consejo de Facultad de Minas?
2. ¿Cuáles son las fechas en que se reúne el Consejo de la Facultad de Minas?
3. ¿Quién es y qué hace el Comité Asesor de Programas Curriculares?
4. ¿Quién es y qué hace la Comisión Delegataria de la Facultad de Minas?
5. ¿Qué hace la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas?
6. ¿Cuáles solicitudes puedo tramitar ante el Consejo de la Facultad de Minas a través de la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas?
7. ¿Qué pasa con mi solicitud una vez la entrego en la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas?
8. ¿Dónde debo ir para que me revisen mi historia académica del SIA?
9. ¿Cómo puedo verificar el estado de la solicitud que realice?
10. ¿Qué es un recurso de reposición y/o apelación?
11. ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la respuesta recibida a mi solicitud?
12. ¿En cuánto tiempo recibiré la respuesta a mi solicitud?
13. ¿Las solicitudes tienen algún costo?
Consultar el artículo Expedición de Constancias a Estudiantes Auxiliares, Monitores y Becarios de la Facultad de Minas para verificar su respectivo costo.15. ¿Dónde puedo consultar las fechas para presentar las solicitudes oportunamente?
16. ¿Cómo puedo anular o retirar una solicitud que presenté y aún no ha sido decidida por el Consejo de la Facultad de Minas?
17. ¿Por qué criterios el Consejo de la Facultad de Minas niega o rechaza usualmente las solicitudes?
18. ¿Dónde puedo consultar la normativa de la Universidad Nacional de Colombia?
19. ¿Puedo tramitar varias solicitudes al mismo tiempo?
20. ¿Qué es una solicitud extemporánea?
21. ¿Dónde puedo revalidar el carnet?
22. ¿Dónde puedo averiguar sobre cómo va el proceso de devolución de dinero que ya fue aprobado?
23. ¿Dónde puedo averiguar por las pruebas Saber Pro?
24. ¿Dónde puedo averiguar sobre movilidades a otras universidades?
25. ¿Dónde puedo averiguar sobre movilidades a otras sedes de la universidad?
26. ¿Dónde puedo obtener información sobre ceremonias de grados?
27. ¿Puedo solicitar una práctica de extensión como un PAE?
28. ¿Qué porcentaje de avance debo llevar para solicitar inscripción TDG?
Para los nuevos planes de estudio de pregrado de la Facultad de Minas, se exige como requisito para la autorización de inscripción del TDG, haber alcanzado mínimamente el 80% de los créditos exigidos en el componente disciplinar y el 100% en el componente de fundamentación.
Para los antiguos planes de estudio de pregrado de la Facultad de Minas, se exige como requisito para la autorización de inscripción del TDG, haber alcanzado mínimamente el 80% de los créditos exigidos en el componente disciplinar.29. ¿Dónde puedo averiguar quién es mi tutor?
30. ¿Cuándo debo solicitar reingreso al CSU?
31. ¿Qué es el número del radicado del SIA?
32. ¿Qué es causa de fuerza mayor?
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